RESTITUCION DE LO ROBADO.
No puede el Juez, en un proceso seguido en contra de persona determinada, ordenar se dé la posesión al denunciante de un delito, cuando la persona contra quien se sigue el proceso había vendido a un tercero, adquirente de buena fe, el bien que se manda restituir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303121-4374a598/restitucion-de-lo-robado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 8435/46. Sánchez Nicanor. 2 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DEVOLUCION DE LA COSA ROBADA. (s/clave)
- OFENDIDO, RESTITUCION AL, TRATANDOSE DE DESPOJO. (s/clave)
- POSESION, RESTITUCION POR AUTORIDAD PENAL DE LA. SI ES CONTROVERTIBLE CIVILMENTE. (23)
- OFENDIDO, RESTITUCION AL. (s/clave)
- ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO. (s/clave)
- OBJETO DEL DELITO, DEVOLUCION DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis