Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1149
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1149.- GASTOS COSTAS JUDICIALES SOBRE USUFRUCTO. Los
gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo son por
cuenta del propietario si el usufructo se ha constituido por título oneroso, y del
usufructuario, si se ha constituido por título gratuito.
Si el pleito interesa al mismo tiempo al dueño y al usufructuario, contribuirán a los
gastos en proporción de sus derechos respectivos, si el usufructo se constituyó a
título gratuito, pero el usufructuario, en ningún caso está obligado a responder por
más de lo que produce el usufructo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- USUFRUCTO. (s/clave)
- USUFRUCTO, LA OMISION EN EL OTORGAMIENTO DE FIANZA POR EL USUFRUCTUARIO, NO DETERMINA LA EXTINCION DEL (LEGISLACION DE VERACRUZ). (s/clave)
- USUFRUCTUARIO, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
- USUFRUCTO. (s/clave)
- USUFRUCTO, FORMALIDADES DEL. (s/clave)
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