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Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1326

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1326.- PRESUNCION DEL ERROR EN EL PAGO. Se presume que

hubo error en el pago, cuando se entrega cosa que no se debía o que ya estaba

pagada, pero aquel a q uien se pide la devolución puede probar que la entrega se

hizo a título de liberalidad o por cualquiera otra causa justa.

Fuente oficial: consultar publicación

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