Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 824
Vigencia verificada: 17 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *824.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ALBACEAS MANCOMUNADOS, FACULTADES DE LOS (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- ALBACEAS MANCOMUNADOS, OBLIGATORIEDAD PARA EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES. (s/clave)
- ALBACEAS MANCOMUNADOS. (s/clave)
- ALBACEAS MANCOMUNADOS. CASO EN QUE NO ES NECESARIA SU INTERVENCIÓN CONJUNTA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA). (XVII.2o.23 C )
- ALBACEAS MANCOMUNADOS, CASOS EN QUE UNO SOLO DE ELLOS ESTA CAPACITADO PARA GESTIONAR. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis