Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 965
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 965.- NOCION DE POSESION. Posesión de una cosa es un poderío
de hecho en virtud del cual una persona la retiene y realiza e n ella actos
materiales de aprovechamiento o de custodia.
La posesión surge como consecuencia de la constitución de un derecho o sin
derecho alguno; en el primer caso se es poseedor de derecho, en el segundo, de
hecho.
Fuente oficial: consultar publicación
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