Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Titulo TERCERO — DEL MATRIMONIO · Capitulo IV — De los Derechos y Obligaciones que Nacen del Matrimonio
Artículo 33
Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 33. El cuidado de las hijas o hijos y la dirección del hogar estarán a cargo de los
cónyuges.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- ALIMENTOS. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- MENORES. (s/clave)
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