Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 28 Bis
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *28 Bis.- Derogado.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Único del Decreto No. 1154, publicado en el
REFORMA SIN VIGENCIA.- Adicionado por artículo tercero del Decreto No. 357 publicado en el
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL, LEY REGLAMENTARIA DEL. (s/clave)
- ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL, LEY REGLAMENTARIA DEL. (s/clave)
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