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Modo: Corpus Pro

Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 416

Ordenamiento: Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-10-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 416. - CARGA DE LA PRUEBA SOBRE LA EXISTENCIA NO

RECONOCIDA DE UNA PERSONA. Cualquiera que reclame un derecho referente a

una persona cuya existencia no esté reconocida, tendrá la carga de la prueba de que

esta persona vivía en el tiempo en que era necesaria su existencia para adquirir aquel

derecho.

Fuente oficial: consultar publicación

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