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Código Nacional de Procedimientos Penales · Libro PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Titulo II — PRINCIPIOS Y DERECHOS EN EL PROCEDIMIENTO · Capitulo I — PRINCIPIOS EN EL PROCEDIMIENTO

Artículo 4

Ordenamiento: Código Nacional de Procedimientos Penales · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-28

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 4o. Características y principios rectores

El proceso penal será acusatorio y oral, en él se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación y aquellos previstos en la Constitución, Tratados y demás leyes.

Este Código y la legislación aplicable establecerán las excepciones a los principios antes señalados, de conformidad con lo previsto en la Constitución. En todo momento, las autoridades deberán respetar y proteger tanto la dignidad de la víctima como la dignidad del imputado.

Fuente oficial: consultar publicación

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