Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 345

Ordenamiento: Código Penal del Estado de Chihuahua · Ámbito: Chihuahua
Última reforma: 2026-08-29

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 345.

Se impondrá de dos a diez años de prisión, a los que con violencia y uso de armas traten de:

I. Reformar, destruir, impedir o coartar la integración de las instituciones constitucionales del Estado

o su libre funcionamiento; o

II. Separar o impedir el desempeño de su cargo al Gobernador del Estado, algún miembro de

Ayuntamiento, Diputado al Congreso del Estado o servidor público que desempeñe funciones

jurisdiccionales.

No se impondrá la pena por el delito de rebelión a los que depongan las armas antes de ser detenidos, salvo que

hubieren cometido otros delitos durante la rebelión.

CAPÍTULO II

ATAQUES A LA PAZ PÚBLICA

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 333Índice de la leyArt. 346 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis