Código Penal para el Estado de Chiapas
Artículo 56
Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 56. - La suspensión de empleo o cargo, se entiende siempre con privación de
sueldo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUSPENSION ILIMITADA DEL CONTRATO. ES ILEGAL. (s/clave)
- SALARIOS. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO. (s/clave)
- SUSPENSIÓN EN EL TRABAJO. REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LA.- (617)
- CONTRATO DE TRABAJO, SUSPENSION DE SUS EFECTOS. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-08-05)
La suspensión de empleo o cargo, se entiende siempre con privación de
sueldo.
Artículo 57.-
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