Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 52

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 52.- Las medidas de seguridad que pueden imponerse con arreglo a este Código a las personas

físicas son:

I.- Tratamiento en internamiento o en libertad de inimputables o imputables disminuidos;

II.- Tratamiento de deshabituación o de desintoxicación;

III.- Confinamiento, prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada o de residir en ella;

IV.- Aseguramiento, decomiso, destrucción y pérdida de objetos, instrumentos y productos del delito;

V.- Apercibimiento;

VI.- Caución;

VII.- Vigilancia de la autoridad; y

VIII.- Las demás que prevengan las Leyes.

CAPITULO II

TRATAMIENTO EN INTERNAMIENTO O EN LIBERTAD DE INIMPUTABLES O DE IMPUTABLES

DISMINUIDOS

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 51Índice de la leyArt. 53 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.