Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Artículo 8
Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 8. Principio de punibilidad independiente. Quienes tengan la calidad de autores o de partícipes del delito responderán cada uno en la medida de su propia culpabilidad.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
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