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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Sinaloa

Artículo 36

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-09

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Art. 36. El Congreso del Estado tendrá por cada año de ejercicio constitucional, dos períodos

ordinarios de sesiones. El primero iniciará el día treinta de septiembre y concluirá a más tard ar

el treinta y uno de enero del siguiente año; y el segundo se abrirá el primero de abril y concluirá

a más tardar el treinta y uno de julio inmediato. (Ref. Según Decreto No. 878 , publicado en el

Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 118, de fecha 27 de septiembre del 2024).

Fuente oficial: consultar publicación

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