Corpus
Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Sinaloa

Artículo 40 Bis

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-09

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Art. 40 Bis. En el mes de enero de cada año, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado

enviará al Congreso un Informe por escrito sobre el estado que guarde la Administración de la

Justicia en la Entidad. Este Informe comprenderá todo el año próximo anterior. (Adic. según

Decreto No. 222 de fecha 8 de septiembre de 1961, publicado en el Periódi co Oficial No. 108,

de fecha 12 de septiembre de 1961).

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 40Índice de la leyArt. 41 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.