Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes…
Artículo 28 TER
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 28 TER. - El patrón quedará eximido de la obligación de reinstalar al
trabajador, mediante el pago de las indemnizaciones que se determinan en el
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REINSTALACION, CUANDO EXISTE IMPOSIBILIDAD LEGAL Y MATERIAL DE CONDENAR AL PATRON A LA. (s/clave)
- REINSTALACION. CONDENA EN CASO DE ALLANAMIENTO. (s/clave)
- REINSTALACION, AVISO DE. (s/clave)
- REINSTALACION, ALLANAMIENTO Y EXCEPCION DE ABANDONO. (s/clave)
- REINSTALACION DEL TRABAJADOR OFRECIDA POR EL PATRON. (s/clave)
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