Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes
Artículo 29 quinquies
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 29 quinquies.- En caso de que la persona agresora incumpla la medida u
orden de protección, se emitirán las medidas de apremio conforme a la legislación
aplicable.
Asimismo, se reforzarán las acciones que se contemp laron en un primer momento
con la finalidad de salvaguardar la vida y seguridad de las mujeres y niñas.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 12 DE MAYO DE 2025)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ORDENES DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION O DETENCION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
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