Artículo 62
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 62. Las causas de improcedencia se analizarán de oficio por el órgano jurisdiccional que conozca del juicio de amparo.
CAPÍTULO VIII
Sobreseimiento
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOBRESEIMIENTO. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO. (s/clave)
- IMPROCEDENCIA. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO. (s/clave)
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