Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Artículo 85

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 85.- Se entenderán por causas imputables a los Abastecedores de Caña de azúcar de un Ingenio las siguientes:

I. Cuando, sin motivo justificado, se opongan al corte de su caña programada para zafrar;

II. Cuando no acaten las disposiciones del Comité referente a la suspensión de riegos, conforme al programa de maduración de la caña;

III. Cuando no realicen oportunamente las labores y obras necesarias que permitan la cosecha y transporte de la caña;

IV. Cuando por conflictos de los propios Abastecedores de Caña, obstaculicen parcial o totalmente la entrega de caña;

V. Cuando sin causa justificada los Abastecedores de Caña obstaculicen parcial o totalmente la entrega de la caña;

VI. Cuando no acaten los acuerdos dictados y notificados oportunamente por el Comité y afecten directamente la molienda, y/o

VII. Cuando no atiendan oportunamente la quema, el corte y el acarreo de sus cañas.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 84Índice de la leyArt. 86 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis