Artículo 63
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 63. El mobiliario y materiales que se utilicen en los Centros de Atención
deben mantenerse en buenas condiciones de uso, retirándose aquellos que
puedan ser susceptibles de causar daños o lesiones debido a su mal estado. Los
acabados interiores de los inmuebles serán de conformidad con las disposiciones
del Reglamento de esta Ley.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HIGIENE DEL TRABAJO, DEBE NEGARSE LA SUSPENSION CONTRA LA APLICACION DEL REGLAMENTO DE. (s/clave)
- DESOCUPACION. (s/clave)
- HIGIENE DEL TRABAJO, DEBE NEGARSE LA SUSPENSION CONTRA LA APLICACION DEL REGLAMENTO DE. (s/clave)
- INMUEBLES, ORDENES DE DESOCUPACION POR SALUBRIDAD. (s/clave)
- FOSAS ASEPTICAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis