Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley de Salud del Estado de Morelos

Artículo 229

Ordenamiento: Ley de Salud del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 229.- Los Gobiernos Estatal y Municipal, en sus respectivos ámbitos de

competencia se coordinarán para procurar que las poblaciones tengan servicio

regular de aprovisionamiento y distribución de agua potable.

Fuente oficial: consultar publicación

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