Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos
Artículo 143
Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 143. Los métodos y mecanismos que establezca la Agencia incluirán las
metodologías, métricas e indicadores de la implementación de los Modelos
Estatales establecidos en esta Ley, así como la periodicidad y el formato en que
se realizarán las evaluaciones.
La Agencia hará públicos la metodología y los resultados que genere con dichas
evaluaciones.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO, EN EL DEBE JUSTIFICARSE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
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