Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículo Transitorio DECIMOCUARTO
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO DECIMOCUARTO.- Se REFORMAN los artículos 25, fracción III; 28, primero párrafo; 32, fracción IV y los dos párrafos siguientes a la misma; y 37, último párrafo de la Ley de Impuesto al Valor Agregado y se ADICIONAN los artículos 11, con un último párrafo; 15, fracción X, con un inciso g); 25, con una fracción V; 32, párrafos tercero y cuarto siguientes a la fracción IV, y 35-B de ya la propia Ley, para quedar como sigue:
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Disposiciones Transitorias
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TARIFAS ARANCELARIAS, APLICACION Y MODIFICACION DE. (s/clave)
- IMPUESTO. NO ES INCONSTITUCIONAL LA LEY QUE LO ESTABLECE POR INCLUIR EN LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS ALGUNO DE SUS ELEMENTOS.- (1272)
- IMPUESTO AD VALOREM. (s/clave)
- IMPUESTO AD VALOREM.- (1255)
- IMPUESTO AD VALOREM.- (1256)
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