Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley del Servicio Militar

Artículo 57

Ordenamiento: Ley del Servicio Militar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2022-05-18

Vigencia verificada: 21 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 57.- En todos los casos a que se refieren los artículos anteriores, el servicio de las armas se empezará a contar a partir de la fecha en que cumplan su condena los conscriptos, debiendo ser remitidos por el alcaide de la prisión en la que hayan compurgado su condena a la autoridad militar más inmediata, para que se les utilice como corresponde.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 56Índice de la leyArt. 58 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis