Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas… · Titulo TERCERO — DE LAS MEDIDAS DE CONTROL · Capitulo CUARTO — INSPECCIONES INTERNACIONALES

Artículo 44

Ordenamiento: Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 44. Cuando del informe final del Grupo de Inspección Internacional a que se refiere la Convención, se desprenda que el Sujeto Obligado debe adoptar medidas para corregir deficiencias o irregularidades detectadas, la Secretaría valorará la pertinencia de emitir requerimiento por escrito para que el Sujeto Obligado proceda en consecuencia.

En dicho requerimiento, la Secretaría precisará las medidas que el Sujeto Obligado deberá adoptar, dentro del plazo de quince días hábiles, para corregir dichas deficiencias o irregularidades; dicho plazo será prorrogable según las circunstancias que originen el requerimiento.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 43Índice de la leyArt. 45 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis