Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango

Artículo 200

Ordenamiento: Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 200. El concesionario está obligado a iniciar la prestación del servicio público dentro de un

plazo de treinta días naturales, contados a partir de la fecha en que el Ayuntamiento le notifique la

aprobación aludida en el artículo anterior.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 199Índice de la leyArt. 201 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis