Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 25
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 25. El Vicepresidente asistirá en todo momento al Presidente de la Mesa Directiva en el
ejercicio de sus funciones y presidirá las Sesiones del Pleno en las ausencias de su Presidente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SECRETARIOS DE ESTADO. (s/clave)
- PRESIDENTE DE CONSEJO DE GUERRA. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. (s/clave)
- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, QUIENES PUEDEN INTERPONER REVISION A NOMBRE DEL. (s/clave)
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