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Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo SEGUNDO — Reclutamiento

Artículo 31

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 31.- El sistema de reclutamiento para el servicio de la Armada será el de enganche voluntario por determinado número de años, mientras el Congreso de la Unión expide la ley relativa, que formará parte de este Título.

Fuente oficial: consultar publicación

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