Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo SEXTO — De los Contramaestres

Artículo 375

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 375.- Estará presente a la lista de la tarde y recibirá del Maestre de armas la relación de los individuos que deban sufrir castigos, así como la del trozo de auxilio en tierra.

Fuente oficial: consultar publicación

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