Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo II — del Tratado I, y llevarán la fotografía del filiado. (Modelo número 1.)

Artículo 614

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 614.- Todas las solicitudes que se elevaren a la superioridad por los Oficiales, Clases y Marinería del buque, deberán ir al Comandante por su conducto, teniendo obligación de proveer las diligencias que aquél prescriba para extender su informe y dar a la instancia el curso que corresponda.

Fuente oficial: consultar publicación

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