Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo VIGESIMO — Del Maquinista de Cargo

Artículo 861

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 861.- En carena y durante la permanencia de las máquinas y calderas a bordo, atenderá al entretenimiento y conservación de ellas, con la gente que le proporcione el Arsenal, dedicando igual atención a los efectos de su ramo que se encuentren depositados en los almacenes.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 860Índice de la leyArt. 862 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.