Reglamento de la Ley de Biocombustibles · Titulo SEGUNDO — DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES · Capitulo II — De las Autorizaciones y Permisos que otorga la SENER · Seccion V — Del Permiso de Distribución de Biocombustibles
Artículo 50
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 50. Para obtener el Permiso de Distribución de Biocombustibles, la persona solicitante debe presentar una solicitud en el formato autorizado por la SENER, de acuerdo con lo señalado en el artículo 27 de este Reglamento y los requisitos siguientes:
I. Información de la operación que incluya lo siguiente:
a) Descripción de la ubicación, características y capacidad de las instalaciones, equipos, vehículos y contenedores con los que se pretende llevar a cabo la Distribución;
b) Descripción de los procesos empleados para la Distribución de Biocombustibles, y
c) Descripción de los Biocombustibles a distribuir;
II. Datos del proyecto que incluyan lo siguiente:
a) Inversión destinada para la ejecución de las actividades;
b) Número de empleos generados;
c) Planes de expansión en el corto, mediano y largo plazo, y
d) Certificaciones nacionales e internacionales aplicables por obtener;
III. Ingeniería del proyecto, en donde se incluya lo siguiente:
a) Memoria técnica descriptiva y planos de ingeniería;
b) Plano georreferenciado que presente las coordenadas geográficas precisas de la poligonal del trayecto de la Distribución;
c) Hoja de especificaciones técnicas de los Biocombustibles que se pretenden distribuir, y
d) Descripción de los sistemas de seguridad que se requieran durante la operación normal de dichas instalaciones, equipos, vehículos, contenedores y procesos en el formato que emita la SENER.
IV. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros, en caso de un siniestro que pueda derivarse de la realización de las actividades objeto del permiso, o en su caso, incluir en el formato de solicitud autorizado por la SENER, la manifestación en la que la persona solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza de seguro vigente a más tardar en el momento en que entregue el Aviso de Inicio de Operaciones, y
V. Póliza vigente de responsabilidad ambiental que cubra daños al medio ambiente, en caso de siniestros que puedan derivarse de la realización de las actividades objeto del permiso o, en su caso, incluir en el formato de solicitud autorizado por la SENER, la manifestación en la que la persona solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza de seguro vigente a más tardar en el momento en que entregue el Aviso de Inicio de Operaciones.
Previo al inicio de operación la persona titular del permiso debe cumplir con las obligaciones aplicables en materia laboral y ambiental.
SECCIÓN VI
Del Permiso de Comercialización de Biocombustibles
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE) QUE REVOCA EL PERMISO PARA EXPEN (PR.A.CN. J/63 A (11a.))
- EXPENDIO AL PÚBLICO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO. ES UNA FUENTE FIJA DE JURISDICCIÓN FEDERAL QUE DERIVA DEL SECTOR HIDROCARBUROS E INTEGRA EL SUBSECTOR DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCI (PC.I.A. J/9 A (11a.))
- SUSPENSIÓN PROVISIONAL CONTRA UNA ORDEN DE CLAUSURA. PARA OBTENERLA DEBE DEMOSTRARSE NO SÓLO EL INTERÉS JURÍDICO PRESUNTIVO SINO, ADEMÁS, EXHIBIR OTROS DOCUMENTOS DE PRUEBA PARA VE (IV.3o.A.1 A )
- PETROLEO, AUTORIZACION EXIGIDA POR EL ARTICULO 137 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL, EXPEDIDA EL 29 DE DICIEMBRE DE 1925. (s/clave)
- CONTRATO DE FRANQUICIA Y SUMINISTRO DE GASOLINA Y COMBUSTIBLES LÍQUIDOS PRODUCTO DE LA REFINACIÓN DEL PETRÓLEO CELEBRADO ENTRE PARTICULARES Y PEMEX-REFINACIÓN. AL SER SU OBJETO DE (IV.2o.A.88 A (10a.))
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