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Reglamento de la Ley de la Policía Federal

Artículo 134

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Ámbito: Federal
Última reforma: 2014-08-22

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 134.- Los requisitos para que los Integrantes de la Institución puedan participar en los procesos de promoción serán los siguientes:

I. Estar en servicio activo, no encontrarse comisionado o gozando de licencia;

II. Presentar, conforme al procedimiento y plazo establecido en la convocatoria, la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley y el presente Reglamento;

III. Contar con los requisitos de antigüedad en el grado y en el servicio;

IV. Haber observado buena conducta, y

V. Los demás que, conforme a la Ley y el presente Reglamento, se señalen en la convocatoria respectiva.

Fuente oficial: consultar publicación

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