Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán

Artículo 283

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Ámbito: Yucatán
Última reforma: 2021-03-05

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 283. Los conductores de vehículos de emergencia, cuando así lo

requieran las necesidades del auxilio, podrán:

I. Estacionarse o detenerse con independencia de las normas establecidas en este

Reglamento;

Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Marco normativo

CNDH

Fecha de publicación: 21 de junio de 2011

II. Cruzar las intersecciones aun cuando el semáforo marque luz roja o hayan

señales de alto, pero con las precauciones debidas, como reducir la velocidad;

III. Exceder los límites de velocidad, al conducir la unidad, pero considerando un

amplio margen de seguridad en los cruceros, bocacalle o donde haya

concentración de personas;

IV. Desatender las indicaciones relativas a los cambios de dirección, y

V. Hacer uso de las luces altas y faros buscadores.

Las excepciones establecidas en este artículo, únicamente serán válidas cuando

los conductores hagan uso de las torretas o dispositivos luminosos y audibles

especiales, como se establece en este Reglamento y se encuentren en funciones

de auxilio o emergencia.

Las disposiciones establecidas en este artículo, no relevan a los conductores de

los vehículos de emergencia de la obligación que tienen de conducir con la debida

precaución para proteger la integridad física de los Usuarios de las Vías Públicas y

de sus bienes.

Prohibiciones a los conductores de vehículos de emergencia

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 282Índice de la leyArt. 284 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis