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Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Titulo SEGUNDO — DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capitulo V — De los Contratos para la Exploración y Extracción · Seccion Sexta — De la Coexistencia de las Asignaciones y de los Contratos para la Exploración y Extracción con las Concesiones Mineras

Artículo 74

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 74. La indemnización y contraprestaciones a las que se refiere el artículo anterior deben cubrirse conforme al calendario que para tal efecto suscriban las personas Asignatarias o Contratistas con las personas concesionarias mineras de que se trate.

Capítulo VI

De la Información Nacional de Hidrocarburos

Fuente oficial: consultar publicación

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