Reglamento del Senado de la República
Artículo 1231
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 123
1. Las comisiones ordinarias estarán conformadas por no menos de tres ni más de quince integrantes.
Numeral reformado DOF 29-03-2019
2. Para efectos del número de comisiones ordinarias en las que participa cada senador, no se considera la pertenencia a comisiones especiales, bicamarales y comités.
3. La Junta, en la medida de lo posible, da preferencia en la selección de comisiones a los grupos parlamentarios cuyo número de integrantes les impide participar en todas las de carácter ordinario.
4. Los senadores que no integran grupo parlamentario son considerados, cuando sea factible, para formar parte en las comisiones ordinarias de su interés. Para ello lo solicitan oportunamente por escrito a la Junta.
5. Se podrá incrementar el número de miembros de las comisiones ordinarias, tomando en cuenta lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 104 de la Ley y del numeral 3 de este artículo, siempre que haya Acuerdo de la mayoría de los integrantes de la Junta y sea aprobado por el Pleno.
Numeral adicionado DOF 29-03-2019
6. Ningún senador pertenecerá a más de cinco comisiones ordinarias, salvo Acuerdo de la Junta.
Numeral adicionado DOF 29-03-2019
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMISIONES CREADAS POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. PUEDEN SER PERMANENTES.- (104)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- DISTRITO FEDERAL. LOS ARTÍCULOS 55, FRACCIÓN I, SEGUNDO PÁRRAFO, Y 224, INCISO E), DEL CÓDIGO ELECTORAL LOCAL, QUE ESTABLECEN UN PROCEDIMIENTO ALEATORIO PARA LA DESIGNACIÓN DE CONS (134)
- DISTRITO FEDERAL. LOS ARTÍCULOS 55, FRACCIÓN I, SEGUNDO PÁRRAFO, Y 224, INCISO E), DEL CÓDIGO ELECTORAL LOCAL, QUE ESTABLECEN UN PROCEDIMIENTO ALEATORIO PARA LA DESIGNACIÓN DE CONS (61)
- DISTRITO FEDERAL. LOS ARTÍCULOS 55, FRACCIÓN I, SEGUNDO PÁRRAFO, Y 224, INCISO E), DEL CÓDIGO ELECTORAL LOCAL, QUE ESTABLECEN UN PROCEDIMIENTO ALEATORIO PARA LA DESIGNACIÓN DE CONS (P./J. 59/99)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis