Reglamento General para los Centros de Asistencia Social y Establecimientos Asistenciales Habilitados… · Titulo PRIMERO — Previsiones Generales · Capitulo SEGUNDO — Artículo 3. En lo no previsto en la LGDNNA, la Ley de Migración y en el presente
Artículo 6
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 6. La aplicación del presente Reglamento corresponde a la UAIS, la DGIS
ya la o el Titular del Centro, así como el cumplimiento al mismo.
Para efectos de la regulación del funcionamiento de los CASo Establecimientos
Asistenciales, personal de la PFPNNA, realizará supervisiones respecto del
cumplimiento del Reglamento, a fin de verificar que la Población Asistida se
encuentra en un entorno armonioso y libre de violencia, basado en el respeto y
protección de sus derechos, a efecto de que se garantice la correcta
administración y coordinación de tales Centros conforme a la normatividad
Toda persona que tenga conocimiento de algún acto u omisión por parte del
Personal, Población Asistida o Visitantes, que vulnere los derechos humanos de la
Población Asistida, deberá reportarlo de inmediato a la o el Titular del Centro o a
las autoridades competentes, a efecto de que éstas tomen las medidas
administrativas o penales conducentes, en términos del Título Sexto (De las
Infracciones Administrativas) de la LGDNNA, Código Penal Federal, Ley General
de Responsabilidades Administrativas, según corresponda.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. CUANDO SE SIGA CONTRA UN INTERNO POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL, NO EXISTE OBLIGACIÓN DE Q (1a./J. 38/2019 (10a.))
- ATENCIÓN MÉDICA EN LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL. NO DEBE SOBRESEERSE EN EL JUICIO DE AMPARO POR INEXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO, CUANDO EL INTERNO RECLAMA LA FALTA (PC.VII.P. J/3 P (10a.))
- TRABAJADORES DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL. AL SER GARANTES DE LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL CENTRO FEDERAL AL QUE SE ENCUENTRAN ADSCRITOS, ASÍ COMO DE LA PREVENC (I.6o.T.472 L)
- TRABAJADORES DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL. AL SER GARANTES DE LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL CENTRO FEDERAL AL QUE SE ENCUENTRAN ADSCRITOS, ASÍ COMO DE LA PREVENC (I.6o.T. J/26 (10a.))
- RECLUSORIOS Y CENTROS DE READAPTACIÓN SOCIAL. DEBE NEGARSE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN CONTRA DE LA ORDEN QUE IMPIDE EL ACCESO A CUALQUIER PERSONA.- (1292)
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