Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026
Artículo Transitorio QUINTO
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Quinto.
Para los efectos del transitorio Cuarto del "Decreto por el que se exenta el pago de arancel de
importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de
consumo básico de las familias", publicado en el DOF el 06 de enero de 2023 y sus posteriores
modificaciones, las Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica registradas en el "Padrón
de Importadores de Productos de la Canasta Básica" que cumplan con la regla 1.3.13., a más tardar el
08 de enero de 2027, continuarán aplicando las reglas 1.3.9., 1.3.10., 1.3.11. у 1.3.12. hasta el 31 de
marzo de 2027.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- IMPORTACION, PRECIOS OFICIALES A LAS MERCANCIAS DE. (s/clave)
- CIRCULARES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA. (s/clave)
- IMPORTACIONES, MODIFICACIONES A LA TARIFA GENERAL DE. (s/clave)
- IMPORTACION, PRECIO DE LAS MERCANCIAS. (s/clave)
- AFORO, CUOTAS PARA EL IMPUESTO DE. (s/clave)
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