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DERECHO DEL TANTO EN MATERIA AGRARIA. LA OPORTUNIDAD PARA EJERCERLO NO PRECLUYE CUANDO NO SE NOTIFICÓ AL CÓNYUGE E HIJOS DEL ENAJENANTE LA COMPRAVENTA DE LOS DERECHOS PARCELARIOS.

Clave: VIII.3o.72 A · Registro digital (IUS): 170098 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Marzo de 2008; Pág. 1751

Cuando en un juicio agrario la parte actora reclama la nulidad de un contrato de compraventa de derechos parcelarios, conforme al artículo 80, tercer párrafo, de la Ley Agraria, porque no fue notificada de la enajenación para ejercer su derecho del tanto, la acción relativa puede hacerse valer en cualquier tiempo. Lo anterior es así, en virtud de que la Ley Agraria no señala término para demandar la nulidad de actos que la contravengan, pues sólo en el caso en que se hubiera notificado al cónyuge e hijos del enajenante la intención del acto traslativo de dominio, correría el plazo de treinta días para defender el mencionado derecho preferencial, so pena de caducidad, como lo establece el referido artículo. Por consiguiente, en la hipótesis mencionada no precluye la oportunidad para ejercer el derecho del tanto.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/170098-f446ab41/derecho-del-tanto-en-materia-agraria-la-oportunidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 600/2007. Roberto Salazar Martínez. 7 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Avelar Gutiérrez. Secretaria: Susana García Martínez. Nota: Por ejecutoria del 7 de agosto de 2013, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 225/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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