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JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, ES SUPERIOR JERÁRQUICO DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL Y DE LOS PRESIDENTES DE LAS JUNTAS ESPECIALES, PARA EFECTOS DE REQUERIR EL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DICTADA EN UN JUICIO DE AMPARO, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 104 Y 105 DE LA LEY QUE LO REGLAMENTA.

Clave: I.6o.T.358 L · Registro digital (IUS): 170719 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Diciembre de 2007; Pág. 1743

De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 606, 612 y 623 de la Ley Federal del Trabajo; 67, fracción IX, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 34 del Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, se advierte que tanto los presidentes de las Juntas Especiales como el titular de la misma, están vinculados al jefe de Gobierno del Distrito Federal, porque éste, en la esfera administrativa, los nombra o remueve de su cargo, ya sea de forma autónoma y libre, o como copartícipe junto con el presidente de la República. Facultad que al ejercer libremente constituye una potestad de imperio que trae implícita y es correlativa a un deber de obediencia que se traduce en la posibilidad de obligar y constreñir a los citados presidentes a cumplir una sentencia de amparo, de conformidad con el artículo 105 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sin que ello trastoque la autonomía jurisdiccional de que gozan las referidas Juntas para resolver los asuntos de su competencia, porque el procedimiento de cumplimiento de la ejecutoria de amparo es independiente de la libertad jurisdiccional. En ese contexto, para efectos del aludido procedimiento de ejecución debe considerarse al jefe de Gobierno del Distrito Federal como superior jerárquico de los mencionados presidentes.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/170719-aee3df4d/jefe-de-gobierno-del-distrito-federal-es-superior · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 276/2007. Gobierno del Distrito Federal. 20 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretario: Augusto Santiago Lira.

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