Corpus
Modo: Corpus Pro

PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. EL ARTÍCULO 2o.-C DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL RELATIVO, NO TRANSGREDE LA GARANTÍA DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2006).

Clave: 2a. CLXI/2007 · Registro digital (IUS): 170921 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Noviembre de 2007; Pág. 209

El mencionado numeral, que establece para todos los fabricantes, productores o envasadores de cerveza que la enajenen y para quienes la importen, la obligación de pagar el impuesto que resulte más alto entre aplicar la tasa prevista en el artículo 2o., fracción I, inciso A), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios o aplicar la cuota de $3.00 por litro enajenado o importado, con la posibilidad de disminuir de dicha cuota la cantidad de $1.26 por cada litro, si la cerveza importada o enajenada está contenida en envases reutilizados, no transgrede el principio de equidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues el tratamiento comprende a todos los contribuyentes que se encuentran en la misma hipótesis legal de causación y de beneficio del fin extrafiscal ecológico contenido en la propia disposición y explicado en la exposición de motivos correspondiente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/170921-89ffa4b3/produccion-y-servicios-el-articulo-2o--c-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 2016/2006. Miller Trading Company, S.A. de C.V. 28 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Bertín Vázquez González. Amparo en revisión 1805/2006. Cervecería Mexicana, S. de R.L. de C.V. 7 de marzo de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: José Fernando Franco González Salas; en su ausencia hizo suyo el asunto Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Óscar Rodríguez Álvarez. Amparo en revisión 382/2007. Ajemex, S.A. de C.V. 15 de agosto de 2007. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Agustín Tello Espíndola. Amparo en revisión 548/2007. Comercializadora Rijesa, S.A. de C.V. 17 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.

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