FALSEDAD DE DOCUMENTOS EN EL AMPARO. LA OBJECIÓN RELATIVA DEBE REFERIRSE A SU AUTENTICIDAD, ES DECIR, A SU CONTINENTE Y NO A SU CONTENIDO, PUES ÉSTE ES MATERIA DE ANÁLISIS AL DICTARSE SENTENCIA.
El artículo 153 de la Ley de Amparo establece: "Si al presentarse un documento por una de las partes, otra de ellas lo objetare de falso, el Juez suspenderá la audiencia para continuarla dentro de los diez días siguientes; en dicha audiencia, se presentarán las pruebas y contrapruebas relativas a la autenticidad del documento.-Lo dispuesto en este artículo sólo da competencia al Juez para apreciar, dentro del juicio de amparo, de la autenticidad con relación a los efectos exclusivos de dicho juicio.-Cuando el Juez desechare la objeción presentada, podrá aplicar al promovente que la propuso una multa de diez a ciento ochenta días de salario.". Ahora bien, si el motivo de la objeción no es el contenido de un documento, sino su eficacia probatoria, porque en la fecha en que se ratificó ante el notario público, éste no había recibido su constancia para actuar como tal, y el sello de la notaría que calzaba dicha ratificación no correspondía al registrado ante el Archivo General de Notarías, esa objeción encuadra en lo previsto en el mencionado artículo 153, que autoriza a objetar de falsos los documentos presentados por alguna de las partes, pues en su párrafo segundo precisa los alcances o la materia de tal objeción, al señalar que ésta sólo da competencia al Juez para apreciar dentro del juicio de amparo, la autenticidad con relación a los efectos exclusivos de dicho juicio, precisión que permite establecer que la objeción de falsedad de un documento, debe referirse a su autenticidad, es decir, a su continente y no a su contenido, pues éste es materia de análisis al emitirse la sentencia correspondiente, con base en los elementos probatorios aportados por las partes y demás constancias de autos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/173298-37c8dd37/falsedad-de-documentos-en-el-amparo-la-objecion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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