FALSEDAD DE DOCUMENTOS. DEBE TRAMITARSE EL INCIDENTE RELATIVO SI LAS EXPRESIONES UTILIZADAS POR EL IMPUGNANTE REVELAN QUE ATACA SU AUTENTICIDAD.
De lo que dispone el artículo 153 de la Ley de Amparo se desprende que su finalidad es que el Juez de Distrito, a petición de parte, determine la autenticidad de un documento, en relación con los efectos exclusivos del juicio sometido a su consideración; por tanto, para que válidamente pueda considerarse que alguna documental presentada por uno de los interesados es objetada y, en consecuencia, se tramite el incidente respectivo, en términos de dicho precepto legal, basta con que se exprese que se impugna el documento por considerarlo simulado, falto de legalidad, de realidad o de veracidad, ya que estas expresiones u otras similares no dejan lugar a dudas de que la intención del objetante es que se determine la falsedad de la prueba.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/183826-ceef2821/falsedad-de-documentos-debe-tramitarse-el-incidente-relativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DOCUMENTOS FALSOS EN EL AMPARO, IMPUGNACION DE LOS. (s/clave)
- DOCUMENTOS FALSOS PRESENTADOS EN EL AMPARO. (s/clave)
- DOCUMENTOS. LA OBJECIÓN DE FALSEDAD QUE DE ELLOS SE HAGA EN EL AMPARO, SÓLO AUTORIZA AL JUEZ DE DISTRITO A ESTIMAR SU AUTENTICIDAD PARA FIJAR SU ALCANCE PROBATORIO, SIN QUE SU DECI (XXI.1o.87 K )
- PRUEBAS EN EL AMPARO (DOCUMENTOS TACHADOS DE FALSOS). (s/clave)
- DOCUMENTOS. FALSEDAD DE LOS, EN EL JUICIO DE AMPARO.- (4394)
- INCIDENTE DE FALSEDAD DE DOCUMENTO. DEBE PROMOVERSE EN TERMINOS DEL ARTICULO 153 DE LA LEY DE AMPARO. (I.4o.A.70 K)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis