DEMANDA DE AMPARO. ES INCORRECTO SU DESECHAMIENTO POR MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA DEL JUICIO RELATIVO CUANDO SE RECLAMA EL DESALOJO DE LOS LOCATARIOS DE UN MERCADO PÚBLICO SIN PREVIA AUDIENCIA, A PESAR DE QUE EXISTA UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENTRE ÉSTOS Y EL MUNICIPIO.
El contrato de arrendamiento celebrado por el Ayuntamiento con particulares para la ocupación de locales comerciales de un mercado público, no vincula jurídicamente para fundar el desechamiento de la demanda de garantías por motivo manifiesto e indudable de improcedencia donde se reclaman actos de desposesión o desalojo de aquéllos a las autoridades municipales, pues si bien es cierto que con respecto a esos inmuebles existen derechos y obligaciones recíprocos, derivados de la relación contractual, también lo es que su exigencia en la vía legal correspondiente, es en un plano de igualdad entre el Ayuntamiento como arrendador y los locatarios como arrendatarios, toda vez que no actúa como autoridad sino como parte contratante, por ende, se trata de una vinculación de derechos y obligaciones entre particulares; en cambio, cuando al Ayuntamiento se le atribuyen actos de desposesión o desalojo de esos locales comerciales, sin previa audiencia, es claro que dichos actos no se le reclaman como particular, sino como autoridad, ya que actúa en su carácter de ente público investido de imperio, soberanía y coacción, lo cual amerita su análisis en el juicio de garantías, de lo contrario, se dejaría en estado de indefensión a los peticionarios de amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/174492-076f4cfd/demanda-de-amparo-es-incorrecto-su-desechamiento-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- JUICIO DE AMPARO. PROCEDE CONTRA ACTOS DESPOSESORIOS DE UN AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, SI ÉSTE NO DEMOSTRÓ LA EXISTENCIA DEL CONTRATO EN QUE SUSTENTÓ SU DERECHO PARA ACTUAR EN ESE (III.1o.A.102 A)
- AYUNTAMIENTO MUNICIPAL. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS DESPOSESORIOS DE SUS AUTORIDADES, SI SE DEMUESTRA QUE ACTUARON COMO PARTICULARES CON LAS PRUEBAS EN QUE SE S (VI.1o.A.169 A)
- ARRENDAMIENTOS CELEBRADOS POR LOS AYUNTAMIENTOS. (s/clave)
- CONTRAFIANZA EN AMPARO, CUANDO DEBE ADMITIRSE. (s/clave)
- AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA ACTOS DE UN AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ORIGINADOS EN UN CONTRATO CELEBRADO POR ESTE COMO PERSONA MORAL Y NO CON EL CARACTER DE AUTORIDAD. (s/clave)
- DEMANDA DE AMPARO. DESECHAMIENTO POR MANIFIESTA E INDUDABLE IMPROCEDENCIA. (1868)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis