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PERITO. LA FALTA DE FIRMA DEL JUEZ DE DISTRITO EN LA DILIGENCIA DE ACEPTACIÓN DEL CARGO CONTRAVIENE LAS REGLAS DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE GARANTÍAS Y MOTIVA SU REPOSICIÓN.

Clave: XVII.16 K · Registro digital (IUS): 179831 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 1399

La falta de firma del Juez de Distrito en la diligencia de aceptación de cargo de perito contraviene las reglas del procedimiento del juicio de garantías establecidas en los artículos 150 y 151 de la Ley de Amparo y motiva su reposición, pues tal aceptación constituye la base fundamental para emitir el dictamen y su ratificación, ya que es en tal diligencia cuando el especialista nombrado por el Juez deberá excusarse si concurre alguno de los impedimentos a que se refiere el artículo 66 de la citada ley, y los peritos designados por las partes manifestarán bajo protesta de decir verdad no tener impedimento legal; por tanto, de no existir excusa o impedimento aceptarán el cargo conferido ante la presencia del juzgador, y la firma de éste le otorga la legitimación necesaria para actuar con tal carácter.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/179831-29c89a9a/perito-la-falta-de-firma-del-juez-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 232/2004. Likom de México, S.A. de C.V. 3 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: María Teresa Zambrano Calero. Secretaria: María Guadalupe Hernández Ortiz. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 181-186, Tercera Parte, página 64, tesis de rubro: "PRUEBA PERICIAL. RATIFICACIÓN EN QUE NO APARECEN LAS FIRMAS DEL JUEZ Y SECRETARIO. NO INVALIDA LA PRUEBA, SINO MOTIVA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO."

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