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APEO Y DESLINDE. SI EXISTE OPOSICIÓN DE ALGUNO DE LOS COLINDANTES PARA QUE SE LLEVEN A CABO ESTAS DILIGENCIAS, EL JUZGADOR DEBE ABSTENERSE DE HACER DECLARACIÓN RESPECTO A LA POSESIÓN, Y RESERVAR LOS DERECHOS DEL INTERESADO PARA QUE LOS HAGA VALER EN EL JUICIO CORRESPONDIENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE HIDALGO).

Clave: XXIX.2o.1 C · Registro digital (IUS): 181381 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Junio de 2004; Pág. 1410

En términos del artículo 922, fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo, si existe oposición de alguno de los colindantes respecto de un punto determinado y las partes no logran ponerse de acuerdo para que se lleven a cabo las diligencias de apeo y deslinde, el juzgador debe abstenerse de hacer declaración alguna en cuanto a la posesión y reservar los derechos del interesado para que los haga valer en el juicio correspondiente, pero no lo faculta para sustanciar el pleito conforme a los trámites establecidos para el juicio contencioso respectivo, ni aplicar las disposiciones generales respecto a la jurisdicción voluntaria, particularmente la prevista en el artículo 882 del código adjetivo civil que contiene una norma general, pues lo establecido en el citado numeral 922 es la regla específica respecto al procedimiento a seguir en las diligencias de apeo y deslinde, siendo ésta la norma aplicable ya que, en la especie, opera el principio de especialidad de la ley.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/181381-03489346/apeo-y-deslinde-si-existe-oposicion-de-alguno · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 292/2003. Ernestina Herculana Aranda San Román. 9 de enero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Arturo Medel García. Secretario: Silvestre Fidel Ávalos Ramírez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 169-174, Sexta Parte, página 24, tesis de rubro: "APEO Y DESLINDE, OPOSICIÓN A LAS DILIGENCIAS DE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA)."

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