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Modo: Corpus Pro

JUICIO DE NULIDAD DE CONVENIO LABORAL. EL JUEZ CIVIL ES INCOMPETENTE PARA CONOCER DE ÉL.

Clave: VI.2o.C.334 C · Registro digital (IUS): 184311 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Mayo de 2003; Pág. 1233

Si el actor promueve un juicio civil de nulidad de convenio que fue sancionado por la autoridad de trabajo en el procedimiento de esa materia, alegando en sus conceptos de reclamación diversos argumentos que atañen a ese juicio laboral, debe decirse que el trámite y resolución de la litis propuesta de manera principal o accesoria, debe efectuarse con base en las normas de la materia con que se siguió el mismo, por lo que resulta claro que la competencia para resolver esa controversia radica en la Junta del conocimiento y no en la autoridad judicial civil.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/184311-1b71a71f/juicio-de-nulidad-de-convenio-laboral-el-juez · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 63/2003. Cinmsa, S.A. de C.V. 20 de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

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