COMPRAVENTA. SI ALGUNA DE LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL CONTRATO NO SABE FIRMAR, LO HARÁ OTRA A SU RUEGO, PERO DEBERÁ IMPRIMIRSE LA HUELLA DIGITAL DEL QUE NO FIRMÓ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
El artículo 1492 del Código Civil para el Estado de Puebla textualmente establece: "Cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos serán firmados por las personas a quienes la ley impone ese deber; pero si alguna de ellas no puede o no sabe firmar, lo hará otra a su ruego y en el documento se imprimirá la huella digital del interesado que no firmó.". De la interpretación exegética de la reproducida norma legal, se advierte que el propósito del legislador al establecer que la persona que no sabe firmar debe imprimir su huella en el documento en el que se contienen las obligaciones convenidas, lo es el que con ello denote y evidencie, de manera precisa y concreta, su voluntad. Se afirma lo anterior, porque la persona que firma a ruego de otra no actúa a nombre ni en representación de la obligada, sino que sólo confirma la manifestación de la voluntad de aquélla. Por ende, si en el documento en el que se contienen las obligaciones pactadas no aparece impresa la huella digital de quien no sabe firmar, es claro que no hay dato alguno que demuestre la manifestación de la voluntad de ésta, aun cuando aparezca la firma de la persona que lo hizo a ruego de aquélla, porque no puede confirmarse algo sobre lo que no hay certeza. Además, se debe decir que de considerar lo contrario, se facilitaría la práctica de contratos desleales y fraudulentos, ya que con el solo hecho de asentar que una persona firmó a ruego de otra, sin que ésta haya estampado su huella digital en el respectivo documento, se permitiría el imponerle obligaciones sin haber participado por sí, ni a través de su respectivo representante legal, en dicho acto jurídico.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/184939-fd8771ff/compraventa-si-alguna-de-las-personas-que-intervienen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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