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LIQUIDACIÓN DE CUOTAS DEL SEGURO SOCIAL. ELEMENTOS QUE DEBE CONTENER PARA CONSIDERAR QUE CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN QUE EXIGEN LOS ARTÍCULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES.

Clave: IV.4o.1 A · Registro digital (IUS): 192258 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Marzo de 2000; Pág. 1006

Los artículos 35, 41 y 44 de la Ley del Seguro Social, específicamente mencionan las formas de efectuar los cambios de salario, determinar el salario base de cotización y llevar a cabo las retenciones, luego, si en la liquidación respectiva se indica que con base en el artículo 11 de la mencionada ley, el patrón está obligado a cubrir las cuatro ramas del seguro obligatorio, puntualizándose en ella el porcentaje que le corresponde pagar por cada rama de seguro, así como su fundamento, que es el artículo 114 para la rama de enfermedad y maternidad, es evidente que dicha liquidación contiene los elementos suficientes para considerar que cumple con los requisitos de fundamentación y motivación que exigen los artículos 14 y 16 constitucionales, independientemente de que en ella no se indique cuánto corresponde al patrón y cuánto al trabajador por concepto de cuotas, toda vez que el entero y retención de cuotas obrero-patronales es a cargo del patrón, y el requerimiento de pago que se hace a éste es con base en el salario otorgado a cada trabajador.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/192258-1a35c1eb/liquidacion-de-cuotas-del-seguro-social-elementos-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 555/97. Regio Grúas Industriales, S.A. de C.V. 17 de marzo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Secretario: Anastacio González Martínez.

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