Corpus
Modo: Corpus Pro

PERSONALIDAD. OBLIGACIÓN DE LA AUTORIDAD DE REQUERIR AL PROMOVENTE PARA QUE LA ACREDITE (LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE TABASCO).

Clave: X.1o.11 A · Registro digital (IUS): 193042 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1323

El Magistrado de la Sala que conozca del juicio contencioso administrativo no puede, con base en que el promovente no acreditó su personalidad de apoderado, sobreseer en dicho juicio, ya que, conforme a lo dispuesto en el artículo 46, fracción III y último párrafo, de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Tabasco, está obligado a requerirlo para que exhiba el documento que acredite el carácter con que se ostenta o en el que conste que le fue reconocida por la autoridad demandada, apercibiéndolo que de no hacerlo se tendrá por no presentada la demanda.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/193042-e7ced65c/personalidad-obligacion-de-la-autoridad-de-requerir-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 536/98. Controladora de Negocios Comerciales, S.A. de C.V. y coags. 10 de septiembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Alejandro Navarro Suárez. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.